Compartimos información elaborada y proporcionada por la Federación Comercial de la Provincia de Córdoba, (FEDECOM), sobre aspectos más relevantes del Impuesto a los Ingresos Brutos para el año 2018:
1* Se adopta el NAES ( Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación), para codificar todas las actividades, detalladas en el Anexo I de la ley Impositiva Anual con su respectivas alícuotas (la general reducida e incrementada).-
2* Alícuota General: 4%
3*Alícuota Incrementada: Se eleva a $163.000.000 (antes 140.000.000) el monto de ingresos que debe superar para tributar la alícuota agravada en las distintas actividades.-
4*Alícuota Reducida: Se establece que la alícuota reducida (en un 30% de la general), se aplica para aquellos contribuyentes cuya sumatoria de la totalidad de bases imponibles para el ejercicio fiscal 2017, no supera la suma de $9.000.000.-
5*Alícuota 2.8%: La Ley Impositiva 2018 establece para aplicar la alícuota del 2.8 % en ciertas actividades un límite superior de ingresos de $16.000.000 por la totalidad de actividades desarrolladas (en 2017 el límite era de $14.000.000).-
6* Industrias: Exime a aquellas que para el ejercicio fiscal 2017, atribuibles a la totalidad de actividades desarrolladas no superen la suma de $100.000.000 (en 2017 80.000.000) en tanto el establecimiento se encuentre radicado en Córdoba y este reconocida como industria es decir inscripta SIIC.-Las industrias con establecimiento en Córdoba que no estén exentas, pero sean PYME: estabilidad fiscal manteniendo alícuotas del 2016 (ingresos hasta 760.000.000), alícuota general 0.5%.-
7* Impuesto Mínimo: Se incrementa el mínimo general a $7200 anuales es decir $600 mensuales.-
8*Monotributo Impuesto a los Ingresos Brutos: Se deroga el Régimen Fijo y se incorpora el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes Impuesto Ingresos Brutos , el mismo se encuentra relacionado con el monotributo a nivel nacional, tomando el provincial la categoría de monotributo establecido por AFIP.-
Categoría Monotributo: Monto Mensual
A $200
B $350
C $470
D $690
E $940
F $1190
G $1450
H $1950
I $2370
J $2730
K $3060
9* Locación de Inmuebles: actividad exenta cuando los ingresos por dicha actividad sean inferiores a $14.000 mensuales, $168.000 anuales.-
10*FOFISE Y FFOI: cuadro de los % aplicar de acuerdo a los ingresos obtenidos en 2017:
SUMA DE BASES IMPONIBLES FOFISE FFOI
-hasta $9.000.000 0% 0%
-Más de $9.000.000 a $23.000.000 5% 0%
-Más de $ 23.000.000 a $163.000.000 5% 12.5%
-Más $163.000.000 a… 5% 15.25%